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pascale juliette
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skatter ved kjøp av hus i andalusia

ITP del 7 % en segunda mano, IVA del 10 % y AJD del 1,2 % en obra nueva, más notaría, registro y gestoría: el coste real de comprar en Málaga.

¿qué impuestos se pagan al comprar una casa en Andalucía?

En Andalucía la vivienda de segunda mano tributa por Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al 7 %, con reducción al 3,5 % en supuestos como menores de 35 años, familias numerosas o personas con discapacidad. La obra nueva tributa por IVA del 10 % más Actos Jurídicos Documentados del 1,2 %.

segunda mano: ITP

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales grava la compra a un particular. El tipo general en Andalucía es del 7 % sobre el valor de referencia o el precio, el mayor de ambos.

La Junta de Andalucía prevé un tipo reducido del 3,5 % en supuestos tasados —entre otros, menores de 35 años, familias numerosas y personas con discapacidad— siempre que se cumplan los requisitos exigidos.

obra nueva: IVA y AJD

La primera transmisión, la que se compra al promotor, tributa por IVA del 10 % sobre el precio, más Actos Jurídicos Documentados, que en Andalucía es del 1,2 % con carácter general.

gastos que no son impuestos

A la carga fiscal se suman notaría, inscripción en el Registro de la Propiedad, gestoría y, si hay financiación, la tasación del inmueble. Conviene presupuestarlos aparte del precio para no desajustar la operación.

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preguntas frecuentes

¿sobre qué importe se calcula el ITP?

Sobre la mayor de dos magnitudes: el precio escriturado o el valor de referencia del inmueble que publica el Catastro. Si el precio pactado es inferior al valor de referencia, la base del impuesto es este último.

¿el IVA de la obra nueva es siempre del 10 %?

El 10 % es el tipo aplicable a la vivienda. Las plazas de garaje y trasteros transmitidos conjuntamente con la vivienda siguen el mismo tratamiento, con los límites que establece la normativa del impuesto.

¿quién paga la plusvalía municipal?

Corresponde al vendedor salvo pacto en contrario. Es un impuesto municipal que grava el incremento de valor del terreno urbano y se liquida ante el ayuntamiento del municipio donde está el inmueble.

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